¿Puede llevar su menaje a Uruguay libre de impuestos?
Responda unas preguntas. Vea si califica, qué preparar y cuánto costaría.
Empezar →Regreso a casa · Jubilación · Residente extranjero · Diplomático · Estudiante
Datos verificados el 18 oct 2026
Reglas que revisamos
Algunas leyes permiten que quienes regresan o se mudan a Uruguay traigan su menaje sin pagar aranceles e impuestos de importación. Que usted califique depende de quién es y de su situación. Esta revisión le dice lo que encontramos en los textos oficiales, qué falta y qué preparar.
- Uruguayos que retornan con más de dos años en el exterior — enseres, herramientas y un vehículo, por única vez (Ley 18.250 art. 76)Un uruguayo que vivió en el exterior más de dos años sin interrupción y decide radicarse en Uruguay puede traer los muebles y efectos de su casa habitación, y las herramientas de su oficio, libres de derechos de aduana y tributos conexos, por única vez en la vida. El menaje sigue el procedimiento del régimen de equipaje (Decreto 139/014); el vehículo tiene su propio expediente (vea el estimado de vehículos). Se comienza en el consulado de Uruguay en el exterior (un certificado de residencia y un inventario que el consulado visa) y, al llegar, dentro de los 60 días en la Oficina de Retorno y Bienvenida del Ministerio de Relaciones Exteriores en Montevideo; los papeles consulares valen 90 días y no se acepta ningún trámite antes de que haya regresado. Ningún despachante de aduana es obligatorio para este trámite; nuestro equipo puede prepararlo y presentarlo por usted como ayuda opcional. El flete, el puerto, el depósito y el transporte nunca están cubiertos. La Guía de Retorno 2026 describe el retorno como más de un año en el exterior mientras la ley dice dos: nuestro equipo confirma cuál le corresponde.
- Uruguayos con más de un año en el exterior — menaje y herramientas, repetible, sin vehículo (Decreto 139/014, Decisión MERCOSUR 53/08)Un uruguayo con más de un año de residencia ininterrumpida en el exterior que regresa a vivir puede traer muebles, bienes de uso doméstico y las herramientas de su oficio libres de tributos aduaneros con el régimen de equipaje del Decreto 139/014. A diferencia de la franquicia de retorno puede usarse otra vez (debe pasar al menos un año entre la salida y el nuevo ingreso) y no admite un vehículo. El trámite se inicia en el consulado (un certificado de residencia y un inventario visado) y los bienes llegan de tres meses antes a seis meses después de usted. Ningún despachante de aduana es obligatorio para este trámite; nuestro equipo puede prepararlo y presentarlo por usted como ayuda opcional. El Ministerio de Relaciones Exteriores dice en su guía de 2026 que los papeles consulares de este régimen son gratuitos para los uruguayos, mientras su manual dice que el paso consular se cobra: nuestro equipo lo confirma.
- Jubilados y pensionistas extranjeros con residencia permanente — menaje y un vehículo (Ley 16.340)Un extranjero retirado o jubilado en el exterior que obtiene la residencia permanente en Uruguay puede traer los muebles y efectos de su casa habitación «en cantidades adecuadas a sus necesidades», libres de derechos de aduana y tributos conexos, dentro de los seis meses de autorizada la residencia permanente; la ley también otorga un vehículo, por única vez. Las condiciones: una jubilación u otros ingresos del exterior de al menos US$ 1.500 mensuales, y una vivienda en Uruguay de al menos US$ 100.000 (no se puede vender por diez años) o valores públicos uruguayos de US$ 100.000 en custodia diez años en el Banco República. La tabla de la DNA agrega que el jubilado «paga tasas (TSE y TSA)», que son tasas de servicios: se muestra como reportado, nuestro equipo confirma los montos. Con la residencia aún en trámite los bienes ingresan contra una garantía. Un rentista (ingresos por rentas) tiene una categoría de residencia pero no se encontró una franquicia aduanera para él. Ningún despachante de aduana es obligatorio para este trámite; nuestro equipo puede prepararlo y presentarlo por usted como ayuda opcional.
- Familia extranjera que se muda a Uruguay con residencia otorgada — menaje y herramientas (Decreto 139/014, Decisión MERCOSUR 53/08)Un extranjero que se muda a Uruguay para vivir, tras más de un año en el exterior, puede traer muebles, bienes de uso doméstico y las herramientas del oficio, nuevos o usados, libres de tributos aduaneros con el Decreto 139/014 (Decisión MERCOSUR 53/08); la tabla de la DNA dice «NO paga tributos aduaneros». No hay un tope de valor ni de peso escrito. Los bienes deben llegar como carga desde donde vivía, de tres meses antes a seis meses después de usted, y solo se liberan una vez comprobado su ingreso. La residencia va primero: el expediente aduanero se abre cuando el Ministerio del Interior emitió sus resoluciones, y con la residencia ya otorgada no se pide garantía. No incluye un vehículo. Ningún despachante de aduana es obligatorio para este trámite; nuestro equipo puede prepararlo y presentarlo por usted como ayuda opcional. El flete, el puerto, el depósito, el transporte y las tasas consulares nunca están cubiertos.
- Familia extranjera que se muda a Uruguay con la residencia aún en trámite — el mismo régimen contra una garantía que se devuelve después (Decreto 139/014)Mientras la residencia permanente aún no está otorgada, los bienes de un extranjero igual pueden ingresar con el Decreto 139/014 (el texto dice admisión temporaria) contra una garantía por los tributos que pudieren corresponder; la garantía se devuelve cuando se acredita la residencia definitiva. Los tributos aduaneros mismos se exoneran una vez otorgada la residencia («NO paga tributos aduaneros»). El monto de la garantía lo liquida la aduana sobre el valor declarado o el valor que ella fije, y su costo y los días libres de depósito mientras el expediente espera no se publican: nuestro equipo los confirma. Solicite primero la residencia (la residencia permanente está abierta a cualquier extranjero que quiera radicarse, incluido un ciudadano de Estados Unidos): el expediente necesita al menos la constancia de trámite. El estimado muestra al lado de esta opción los tributos en riesgo como orden de magnitud de la garantía. Ningún despachante de aduana es obligatorio para este trámite; nuestro equipo puede prepararlo y presentarlo por usted como ayuda opcional.
- Diplomáticos extranjeros y funcionarios de organismos internacionales — muebles y efectos de la casa (Decreto 99/986)Los miembros del personal diplomático de las misiones extranjeras acreditadas en Uruguay pueden traer los muebles y efectos de su casa habitación y los bienes de uso normal de la familia libres de tributos aduaneros, como equipaje no acompañado que llegue dentro de los 180 días siguientes a su acreditación (los electrodomésticos, una vez cada dos años); el personal administrativo y técnico tiene 180 días desde su ingreso a Uruguay en tal carácter, y los funcionarios técnicos de organismos internacionales tienen las mismas prerrogativas que los diplomáticos. La solicitud no es un trámite aduanero que uno presente: va por la Dirección de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores, firmada por el Jefe de Misión, y luego la aduana autoriza el ingreso con la nota del Ministerio. Quedan excluidos los uruguayos, los agentes honorarios y quienes tengan alguna actividad remunerada. No hay un monto ni una cuota escrita. La copia de la DNA del decreto es antigua y para los organismos internacionales prevalecen los acuerdos de sede: nuestro equipo confirma los requisitos de su caso.
Cómo funciona
- Diga quién se muda.
- Responda solo las preguntas que le correspondan: el resultado se actualiza con cada respuesta.
- Reciba los documentos y plazos, y envíe o guarde el resumen.
Preguntas frecuentes
En algunos casos sí: Uruguay tiene reglas para nacionales que regresan, jubilados y otros grupos. Esta revisión muestra cuál le corresponde y qué falta.
No. Es una estimación basada en las reglas publicadas. La aduana decide con sus documentos.
No, salvo que pida que lo contactemos. Las respuestas sirven para mostrar el resultado; si deja sus datos de contacto, los guardamos con sus respuestas para que una persona lo ayude.
Es una estimación solo informativa, no es asesoría legal ni forma parte de ninguna cotización. La aduana decide con sus documentos. No se supone ninguna exención.